Cámara de Diputados plantea ley para fiscalizar las encuestas electorales que incluiría sanciones penales
En el marco de la tramitación del proyecto que modifica la Ley 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, en materia de difusión de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales.
La Comisión de Gobierno Interior recibió para ello la exposición de Marta Lagos, directora ejecutiva de la Corporación Latinobarómetro. Lagos se refirió a los atrasos de las encuestas en Chile. Planteó que las consultas privadas son las más peligrosas para la política. Ello, porque los candidatos “no usan organizaciones profesionales para conocer las intenciones de votos”.
Agregó que el segundo atraso corresponde a que no hay encuestas electorales propiamente tales, encargadas a encuestadoras profesionales por un tercero. En tal plano, sostuvo que “solo hay encuestas gratis de las empresas, debido a que nadie paga por esos servicios”.
Señaló que no existen en Chile alianzas entre encuestadores con medios de comunicación, donde este encarga que anticipe los resultados de la elección. “Nadie paga una encuesta predictiva electoral. A mi parece incorrecto que un encuestador no diga para quién está haciendo la encuesta”, resaltó.
Por otro lado, señaló que para poder regular el nivel en Chile, debería existir un mercado de encuestas políticas que no hay. “El Congreso está intentando regular un mercado inexistente”, acotó. Agregó que la manera más rápida e eficiente de producir un mejor nivel de encuestas es forzar a este mercado a tomar estándares mínimos.
Contenido del proyecto
El objetivo del proyecto es crear nuevos requisitos para las empresas dedicadas a la realización de estudios de opinión. Plantea tres pilares estratégicos principales. El primero de ellos, destaca la transparencia sobre el proceso de levantamiento y calidad de las muestras estadísticas que sirven de base para la construcción de encuestas de opinión de preferencias electorales.
Ante ello, se propone agregar que, en forma permanente y en cada oportunidad en que se publique una encuesta de opinión pública sobre preferencias electorales, se deberá publicar en la páginas web oficial de la encuestadora un documento técnico.
Un segundo punto tiene relación con la transparencia sobre los intereses de las empresas o corporaciones que dirigen estos levantamientos. Pone especial atención a los mecanismos de financiamiento de estas entidades encuestadoras.
Agrega, que las encuestadoras deberán publicar en su página web oficial una memoria anual donde se transparenten las fuentes de ingresos y las relaciones que tengan con empresas o actores públicos y privados.
Finalmente, propone la existencia de sanciones de carácter penal, que sirvan como un desincentivo a la manipulación de estos instrumentos.