Candidatura a Constituyente del ex guerrillero del FMPR Vasili Carrillo podría ser revocada

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El pasado 29 de enero el abogado Juan Cristóbal Recart, en representación de la Unión Demócrata Independiente (UDI) presentó ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) una impugnación a la candidatura de Vasili Carrillo, ex frentista del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, quien se presentó como candidato a Constituyente por el distrito 21 (Arauco y Los Ángeles).

De acuerdo a la resolución, dicha impugnación se debe a que el candidato no cumple con uno de los requisitos fundamentales dispuesta en el artículo 132 de la Constitución Política. En este sentido, Recart señala que dentro de los requisitos se encuentran “los chilenos que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva.” Y que, “el Sr. Carrillo Nova fue condenado en 1993 a 3 años y 541 días de presidio menor en su grado máximo, y el artículo 37 del Código Penal establece que para los efectos legales se reputan aflictivas todas las penas de crímenes y, respecto de las de simples delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados máximos”.

En este sentido, Carillo, quien va como candidato en la lista de la Coordinadora Nahuelbuta Biobío por el Pacto Apruebo Dignidad, señaló a través de su cuenta de Twitter que, esta sería “una persecución política” que ha perdurado por “casi 50 años”, agregando además que se habría enterado por la prensa de la reclamación a su candidatura.

A su vez, el ex guerrillero declaró que la UDI “no tiene autoridad moral” para realizar una impugnación. Asimismo, señaló que este ya habría cumplido con dicha condena, toda vez que la Corte de Apelaciones de San Miguel, misma corte que lo condenó en 1993, decidió dejarlo en libertad dado que ya había estado 5 años en prisión, por lo que la pena ya estaría subsanada.

Cabe mencionar que el Tricel acogió el 31 de enero la presentación interpuesta por la UDI, por lo que el frentista deberá acompañar sus descargos en la instancia judicial que se disponga para dichos efectos.

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